viernes, junio 23, 2006

DERECHOS JUVENILES

DERECHOS JUVENILES GARANTIZADOS POR LA CONSTITUCION CHILENA VIGENTE



1.- EL DERECHO A LA VIDA

a.- Dº a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona. Art. 19 Nº 1 Constitución Política del Estado: Derecho humano básico y el más primordial de todos los derechos. Entrega una protección biológica así como psíquica. Si una persona es mutilada o torturada, ya sea física o sicológicamente, se está atentando en contra de su vida.

Ninguna autoridad podrá aplicar tormentos ni otros apremios ilegítimos de carácter físico o psicológico.

b.- La ley protege la vida del que esta por nacer:Materia laboral, Código del Trabajo, titulo III.
  • Direccion del Trabajo


  • c.- El derecho a la salud:Art. 19 Nº 9 Constitución Política del Estado: Salud es el estado de bienestar físico y mental del individuo y de la sociedad, no sólo la ausencia de enfermedades.

  • Ministerio de Salud

  • Tramite facil area salud (embarazo adolescente

  • Conace
  • (drogas)

    d.- Derecho a la seguridad social: Consiste en asegurar a los beneficiarios condiciones de vida ante la ocurrencia de riesgos como la desocupación, la vejez, la incapacidad, entre otros, que les impiden a quienes los experimentan obtener, mediante el trabajo, los medios indispensables para su subsistencia o la de su grupo familiar.

  • AFP asociacion gremial



  • 2.- LAS IGUALDADES

    a.- Igualdad ante la ley: Art. 19 Nº 2, Constitución Política del Estado: Todos los habitantes de la República, cualquiera que sea su posición social u origen, gozan de los mismos derechos, esto es, que exista una misma ley para todos y una igualdad de todos ante derecho.

  • Ministerio Publico


  • b- Igualdad ante la justicia.: Art. 19 Nº 3, Constitución Política del Estado. Consiste en el trato igualitario, que deben recibir todas las personas sometidas a un mismo proceso, y de recibir el mismo trato que en otros juicios o procesos han recibido otras personas que estaban en la misma situación.



    c- Derecho a la defensa:Derecho que tiene toda persona para contar con la asistencia de un letrado (abogado habilitado), para que asuma la defensa de sus derechos ante los Tribunal de Justicia.

  • Tramite facil


  • d- Legalidad del tribunal: Nadie puede ser juzgado por comisiones

    especiales, sino por el tribunal que señale la ley y que se halle establecido con anterioridad por esta.

  • Ministerio Publico


  • e- Legalidad del juzgamiento:Art. 19 Nº 5 Constitución Política del

    Estado. Es todo órgano que resuelva una controversia en el orden temporal, tribunales ordinarios administrativos, Contraloría General dela Republica, Impuestos Internos, arbítrales, etc...


    3.- LIBERTADES

    a.- Libertadpersonal. Art. 19 Nº 7 Constitución Política del Estado: Es la posibilidad de permanecer en un lugar o de poder desplazarse de un punto a otro, dentro o fuera del país sin ninguna traba o impedimento, salvo las limitaciones legales.

    b.- Seguridad personal: Art. 19 Nº 7 Constitución Política del Estado: Conjunto de garantías que impiden la privación o limitación de la libertad.

    c.- Libertad de conciencia y religión. Art. 19 Nº6 Constitución Política del Estado. Es el derecho a la manifestación exterior o pública de todas las creencias, ya sea individual o colectivamente, sea mediante la simple manifestación de una religión determinada, sea mediante su práctica y mediante su enseñanza.

    d.- Libertad de opinión e información. Art. 19 Nº12 Constitución Política del Estado. Derecho a emitir opinión, facultad que tiene toda persona para exteriorizar por cualquier medio, sin coacción, lo que piensa o cree.; libertad de información: Libertad para hacer participéa los demás de esa información; derecho a recibir información.

    d.- Libertad de reunión. Art. 19 Nº 13 Constitución Política del Estado: Libertad que tiene un número indeterminado de personas para agruparse momentáneamente con el fin de plantear problemas comunes

    e.- Libertad de asociación. Art. 19 Nº 15 Constitución Política del Estado: Comprende los Partidos Políticos: Agrupaciones organizadas, estables, que solicitan apoyo social a su ideología y programas políticos, para competir por el poder y participar en la orientación política del Estado.

  • Servicio Electoral


  • f.- Libertad de enseñanza y el derecho a la educación. Art. 19 Nº 10 y 11 Constitución Política del Estado. Libertad de enseñanza es el derecho que tiene cualquier individuo o comunidad para impartir conocimientos, la libertad de educación es la posibilidad que se le reconoce a todos los individuos para desarrollar sus capacidades físicas e intelectuales.

    Acceso a la educación superior :

  • Ministerio de Educacion


  • Becas y Cr{edito Universitario

  • Ayudas Estudiantiles






  • 4.- LIBERTADES ECONÓMICAS

    a.- Libertad de trabajo y protección, Art. 19 Nº 16 Constitución Política del Estado. Habilita a toda persona a buscar, obtener, practicar, ejercer o desempeñar cualquier actividad remunerativa; obtener, practicar profesión u oficio.

  • Direccion del Trabajo


  • b.- El derecho de sindicarse.Art. 19 Nº 19 Constitución Política del Estado. El Sindicato es una asociación estable de quienes pertenecen a la misma industria o a la misma profesión; trabajan en la misma empresa o faena, o que ejercen un mismo oficio, profesión, u oficios o profesiones similares o conexas, sean de carácter intelectual o manual.

  • Direccion del Trabajo


  • c.- Libertad para el ejercicio de actividades económicas. Art. 19 Nº 21 y 22 Constitución Política del Estado.


    NACIONALIDAD Y CIUDADANIA

    a.- Quienes son Chilenos : Art. 10 Constitución Política del Estado:

  • Camara Chilena

  • b.- Como se pierde la nacionalidad: Art. 11 Constitución Política del Estado:

  • Camara Chilena


  • c.- Quienes son ciudadanos. Art. 13 Constitución Política del Estado:


    d.- Como se pierde la calidad de ciudadano. Art. 17 Constitución Política del Estado.

    e.- Como se pierde el derecho al sufragio Art. 16 Constitución Política del Estado:

  • Tramite Facil
  • 0 Comentarios:

    Publicar un comentario

    Suscribirse a Comentarios de la entrada [Atom]

    << Página Principal